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Ciudadanía costarricense para los no nacidos

By Guadalupe María Araya Monge Septiembre 10, 2023

Mucho se debate entre los que defienden la vida desde la concepción y quienes apoyan el aborto por elección y a la misma, la Norma Técnica, para que los no nacidos en esta etapa de su desarrollo biológico, puedan  ser sujetos de un aborto electivo, sin que les acarree consecuencias legales a quienes lo ejecuten y lo permitan. Ya de hecho el Código Penal permite el aborto selectivo, con lo que se protege de cierto modo al no nacido pero con la mencionada Norma Técnica,  se abren “portillos”, para hacerla fácilmente “manipulable”.

La mujer puede vivir momentos de confusión emocional al enfrentarse al embarazo no deseado, pero ello se supera si recibe el apoyo que necesita.  Y si ha sufrido agresión que resultara en un embarazo, al agresor es al que se debe responsabilizar legalmente y no al inocente en gestación, quien puede tener la oportunidad de ser dado en adopción.

Estudios científicos nos revelan: “El bebé en el útero percibe su ambiente y le afecta todo lo que vive y siente su madre.  En el embarazo se constituyen sistemas biológicos que nos condicionan para responder de por vida al ambiente externo. La construcción de la psique comienza en el embarazo mismo, con el vínculo prenatal y su neurodesarrollo está muy condicionado por el estado emocional de la madre”.

Desde la gestación, esta personita humana desarrolla realidades psicológicas y relaciones que superan toda falaz suposición de ser un “producto”, como algunos los llaman. Nadie surge a la vida a partir del momento del nacimiento mismo, ignorando su desarrollo psico-biológico prenatal.

El derecho a la vida de los no nacidos sufre una violación y cruel agresión de parte de algunos al juzgarlos como “productos desechables”,  negándoles así su dignidad humana y su derecho a vivir, solo por el estado de desarrollo biológico de ser no nacido, cuando son seres humanos independientemente de su proceso de gestación.

El Artículo 21 de nuestra Constitución Política señala: “La vida humana es inviolable” y la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida como el “Pacto de San José” de 1969, de la cual nuestro país es signatario, en su artículo 4. Dice: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”.

En nuestra Constitución Política en los Artículos del 13 al 18 en lo referente al otorgamiento de la ciudadanía costarricense, esta no se contempla para los no nacidos.  Esto de alguna manera los sitúa en una condición muy vulnerable, al esperar que se le otorgue la ciudadanía a partir de su nacimiento. Esto resulta paradójico… ¿puede darse un nacimiento sin antes haber vivido todo el proceso de gestación?

Si se les otorga a los no nacidos, desde su concepción y cuyo proceso de gestación se desarrolla en nuestro país, la ciudadanía costarricense; según el marco legal a reglamentar por los que y a quienes corresponde; se les hará justicia y dará protección a esos seres humanos, en esta etapa de su desarrollo en la que están tan desvalidos y vulnerables.

 

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